El caso Rubén Sánchez contra AUSBANC: destruir la reputación como pasatiempo
La demanda, que presentamos el 28 de abril de 2014 en nombre de Rubén Sánchez contra el editor y director de la publicación MERCADO DE DINERO, y contra AUSBANC, su propietaria, explicaba así los hechos:
"El detonante que inició la imparable campaña de descrédito que se narrará a continuación se encuentra en un artículo del periódico El Mundo de fecha 19 de agosto de 2013.
La noticia informa de que en 2010, UGT-Andalucía utilizó facturas de dos proveedores para justificar (irregularmente, según ese medio) subvenciones de la Junta de Andalucía procedentes de fondos europeos. El hecho de que una de las facturas utilizadas por el sindicato de forma irregular, según ese medio, fuera emitida por el demandante [Rubén Sánchez], es lo que ha servido como excusa para que los demandados iniciaran su interminable retahíla de acusaciones sin fundamento.
Como puede comprobarse con la simple lectura de la noticia, ésta en absoluto establece -y ni siquiera sugiere- relación alguna de connivencia entre el demandado y las supuestas actividades irregulares del sindicato UGT, sino que se limita a informar de que al parecer una factura emitida por el primero fue utilizada por el segundo para justificar de forma ilícita determinados gastos a cargo de subvenciones. No es con base en lo que realmente narra esta noticia donde se sostiene la campaña del demandado contra el demandante, sino que tiene como fundamento sus propias especulaciones y conjeturas realizadas a partir de su particular análisis de la factura del demandante publicada por este medio. Como se verá, las delirantes y aventuradas especulaciones que realizan los demandados a partir de la factura citada, demuestran que su análisis se ha realizado con la distorsión propia de quien está obstinado en hallar, exista o no, alguna irregularidad en la que poder basar el ataque posterior, auténtico fin perseguido.
El demandado reparó en que en la factura del demandante publicada por el periódico El Mundo no aparecía su NIF y que el concepto por el que se emitió era el de imprimir, embolsar y entregar algo más de 182.000 revistas. De estos dos hechos, y con una absoluta falta de rigor, cautela y diligencia, los demandados han concluído que la factura -sin NIF, según su apreciación- es fraudulenta, que el concepto es inventado y que el servicio nunca se llegó a prestar, dada la supuesta imposibilidad práctica por parte del demandante de encargarse de la tarea de embolsar y enviar 182.000 revistas. Estos débiles mimbres, en absoluto contrastados, fruto de la mera especulación y de la confusión de los deseos con la realidad, son los que sostienen la actividad de descrédito que han emprendido los demandados contra el demandante. Dado que el objeto de los demandados no es en absoluto ofrecer información veraz, sino aprovechar la ocasión para manchar la imagen del portavoz de una asociación de consumidores a la que no consideran compañera sino rival, han decidido lanzar por todos los medios que tienen a su alcance sus meras teorías, conjeturas y sospechas sin ninguna labor previa de comprobación que las hubiera confirmado o que al menos les diera algún tipo de fundamento racional.
La simpleza de las explicaciones que están tras las supuestamente asombrosas y escandalosas revelaciones que creen haber hallado los demandados demuestran su desidia a la hora de hacer una mínima investigación antes de lanzarse directos al descrédito. No es cierto que la factura emitida careciera de NIF (se adjunta la factura emitida como doc. nº 9) sino simplemente que el periódico El Mundo decidió taparlo antes de publicarla al considerar que era pertinente hacerlo por cuestiones de protección de datos. De hecho si se cotejan ambas facturas puede notarse en la publicada por El Mundo el espacio en blanco del borrado del número de NIF. El mero sentido común ya habría advertido a cualquiera de la posibilidad de esta opción -máxime si son del gremio y conocen sus cautelas, usos y costumbres- sin embargo en este caso ha sido despreciada o tal vez ni siquiera valorada por los demandados, que han preferido divulgar la más retorcida y difamatoria de las versiones posibles.
Respecto del concepto de la factura y la imposibilidad práctica para el demandante de embolsar y enviar 182.000 revistas -lo que ha permitido al demandado afirmar sin más el hecho falso de que la factura era una mera simulación creada para justificar gastos inexistentes en connivencia con el sindicato objeto de la noticia- la explicación vuelve a ser sencilla: el demandante contrató a una mercantil especializada que se encargó de dar ese servicio con sus propios recursos (concretamente a la mercantil GESREC cuya factura por esos servicios se adjunta como doc. nº 10). Nuevamente, la teoría de la navaja de Ockham, que sugiere que la explicación más sencilla suele ser la correcta, no rigió para los demandados, que, eufóricos por creer haber hallado una irregularidad que desprestigiaría por siempre al portavoz de una asociación de consumidores a la que considera rival, se limitó a difundir por todos los medios a su alcance que el demandante es un corrupto que había desviado dinero de subvenciones en connivencia con UGT."
¿Y de qué tenor e intensidad fueron las especulaciones difamatorias de las que hablamos? Así las explicamos en la demanda:
"Aunque parezca sorprendente, la errónea, irresponsable e interesada interpretación de la noticia de El Mundo, que ni sugiere lo que los demandados quisieron entender, les llevaría también a publicar en marquesinas de varias ciudades andaluzas carteles con la cara de mi mandante bajo las palabras SE BUSCA.
El número 244 del periódico Mercado de Dinero, correspondiente a Marzo de 2014 (se aporta como doc. 13), dedica su portada a una imagen de mi mandante previamente modificada para darle el aspecto de un forajido y enmarcada en un cartel de SE BUSCA. En la portada puede leerse que esa supuesta búsqueda por la justicia, que ni que decir tiene es inexistente, lo es “por colaborar con UGT-A para desviar fondos públicos” y “por engañar a los consumidores e impedirles reclamar”.[...]
Esta portada, obviamente para jugar con su imagen principal, fue distribuida por marquesinas de Sevilla, Málaga y Jaén, con el buscado resultado de que por diversas ciudades de nuestra comunidad se distribuyera una fotografía de mi mandante como si estuviera buscado por la justicia.
Por evidente, entendemos que no hace falta hacer grandes argumentaciones sobre la gravedad de la lesión al honor que supone para mi mandante la difusión de tan gratuitas y lesivas afirmaciones acompañadas de su cara en un cartel de SE BUSCA como si se tratara de un delincuente convicto y fugado.
La razón de este tipo diferente de publicidad del periódico fue claramente expuesta por el director de la publicación, el demandado D. Luis Pineda, que enlazó a la imagen desde su cuenta personal de Twitter decenas de veces anunciando que así es como se desenmascaraba al demandante y se congratulaba de forma burlesca de lo bonita que habían amanecido las ciudades decoradas con esa portada. El propio demandado, por si nos quedaba alguna duda, llama a esta difusión de publicidad del periódico por marquesinas como “campaña de carteles”, dejando a las claras que no se trata del ejercicio de un derecho de información, ni siquiera de la mera publicidad de un producto que coincidió por desgracia para el demandante con el número cuya portada le fue dedicada en estos términos, sino de, simple y llanamente, una campaña que pretende sin más erosionar su imagen.
Debe señalarse que Mercado de Dinero no es un periódico percibido por sus lectores como una revista de humor cuyas afirmaciones deban recibirse con esa predisposición y cautela, sino que es un periódico pretendidamente serio y cuyas manifestaciones son tomadas por sus lectores con la misma seriedad.
El artículo anunciado en la ya de por sí injuriosa portada, y que se encuentra en la página 14 del periódico, manifiesta que el demandado tiene “oscuros negocios” que le “vinculan con la trama de fraude en fondos públicos por la que está siendo investigada UGT-A”. [...]Se trata, por lo tanto, de repetir una vez más la misma conjetura y que esta vez ha dado incluso para colocar carteles de SE BUSCA de mi mandante por Sevilla, Málaga y Jaén, con el irreparable perjuicio para su imagen pública que se puede esperar y que sin duda los demandados pretendían infligir.
Aunque esta publicación podía parecer el cénit de la incesante campaña de descrédito iniciada por los demandados, el siguiente número consiguió, al menos, igualarla.
La portada del número 245 (doc. 14), también dedicada a mi mandante, lo representa esta vez con su rostro modificado para que adopte la imagen de la efigie de una moneda, con las connotaciones conocidas por todos y relativas obviamente a un supuesto gusto excesivo por el dinero y las reprochables formas de obtenerlo.
Para dejar más claro el mensaje, rodeando la imagen incrustada en la moneda de mi representado y la de su padre puede leerse “La casa nostra”, un nada sutil juego de palabras que apela a la frase “La cosa nostra”, es decir, la forma habitual en la que se denomina a la mafia.
Las calificaciones al demandante de mafioso o capo son, como veremos, una constante en el discurso de los responsables de Mercado de Dinero, solo que esta vez ha saltado de sus cuentas personales en Twitter a la portada de un periódico de amplia tirada a nivel nacional.[...]
En el interior de este número, página 12, se incorpora una fotografía del demandante y se manifiesta desde el titular “¿Matones 2.0?”. Aunque el titular, siguiendo el habitual estilo de los demandantes de decir sin decir, es una supuesta pregunta al aire, el artículo tarda poco en despejarla. De hecho la primera frase del texto dice “Matones a secas es lo que son Rubén y su clan mafioso”. Por lo tanto, el lector no tendrá que leer mucho para que se despeje la supuesta incógnita del titular y que, obviamente, para los demandados nunca lo fue.
El artículo continúa diciendo que “Rubén Sánchez usa todos los medios a su alcance para tratar de aniquilar competidores, enemigos, como él los llama. […] Conocida es su afición de Rubén Sánchez por las redes sociales, compartida con su, al parecer, pareja, Keka Sánchez. Lo que no comparten es la ideología, pues mientras Keka trabaja para el PP, Rubén está muy vinculado a UGT e Izquierda Unida. La convivencia no debe ser fácil teniendo en casa tanto fanatismo”.
Debe recordarse que el periódico Mercado de Dinero es una publicación centrada exclusivamente en el sector económico, por lo que este coyuntural excurso por la vida privada del demandante, sus supuestas y antagónicas filias políticas con las de su pareja y cómo sea o deje de ser su convivencia con ella, solo puede tener como explicación la obsesiva obstinación de los responsables de Mercado de Dinero en continuar, agotados los temas, con su campaña de descrédito.
El artículo asegura también que el demandante y su pareja “se permitieron destruir la reputación de la “tuitera” @MariaRosaDiez sin más prueba o fundamento que la pura especulación” y que “los aliados de Rubén han acosado y tratado de destruir a una persona” utilizando acciones “que recuerdan a los Comités de Defensa de la Revolución (CDR) cubanos -que vigilan a sus vecinos y delatan sus actuaciones-, o incluso a las SS alemanas en sus actuaciones contra los judíos”.
En la página 11 de este mismo número aparece una fotografía del demandante y su padre con el logotipo mundialmente conocido por estar asociado a la película El Padrino. Por si algún lector no había captado la nueva referencia a la mafia con la mera visión de la imagen de la mano y la madeja que mueve los hilos, el artículo lo facilita con el titular: “El Padrazo”.
[...]
Del mismo modo que sucedió con el caso de la portada con el cartel de SE BUSCA, Mercado de Dinero aprovechó para hacer publicidad de su publicación con la portada de la moneda y la referencia a “La Casa Nostra”, lo que hizo nuevamente por decenas de marquesinas de andalucía (Docs. 15, 16 y 17).
De este modo, si durante el mes de Marzo varias ciudades Andaluzas se vieron inundadas de fotografías del demandante enmarcada en un cartel de SE BUSCA como si fuera un delincuente, ahora durante el mes de abril las marquesinas se han llenado de fotografías del demandante con alusiones a “La Cosa Nostra”."
La demanda que presentamos solicitaba una indemnización solidaria de 50.000 euros a los tres demandados por sus publicaciones en Mercado de Dinero, una indemnización de 30.000 euros a D. Luis Pineda, editor del periódico, por tuits igualmente difamatorios y 10.000 a D. Luis Jordana, director de la publicación, por comentarios semejantes también en su cuenta personal de Twitter, lo que hace un total de 90.000 euros de indemnización. Se solicitaba además la publicación del fallo de la sentencia en el periódico y las cuentas de Twitter de los demandados para la reparación, si es que eso es a estas alturas posible, del daño sufrido en la reputación de Rubén Sánchez.
La sentencia estima todas las pretensiones de la demanda y manifiesta que "no hace falta hacer un estudio pormenorizado de cada expresión o frase de las que se han transcrito -"hablan" por sí solas- para llegar a entender que, a través de las mismas, en unos casos, se le está imputando claramente al demandante la comisión de un acto delictivo, cosa que no ha hecho el Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla que conoce de las diligencias previas 5072/13-E incoadas por denuncia presentada por el Sindicato Manos Limpias [...] En otros casos, como consecuencia de la propia imputación, se le insulta directamente, bien a través de la reproducción de su imagen junto a titulares denigrantes o a través de los tuits que han sido reflejados anteriormente. Los demandados, a través de la información y opinión que han transmitido a los lectores del periódico Mercado de Dinero y de sus respectivas cuentas de Twitter y páginas web han denostado el honor y consideración del actor. Quienes hayan leído tales informaciones y opiniones no cabe duda que el único concepto que pueden sacar del actor es la de que es un delincuente, siendo el caso que, como se dice, personalmente no ha sido investigado y menos imputado por el Juzgado de Instrucción que conoce de la causa a la que se ha hecho referencia ni por ningún otro".
La sentencia es susceptible de recurso y les informaremos, en su caso, de su resultado.